21 Jul Firma de Acuerdo de Diálogo Social en materia de prestaciones económicas destinadas a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de emergencia o urgencia social

ICAL
Para UGT Castilla y León la firma del Acuerdo de Diálogo Social en materia de prestaciones económicas destinadas a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de emergencia o urgencia social, supone un avance y un logro del Dialogo Social que permite seguir tejiendo para los ciudadanos de nuestra Comunidad un sistema de protección social de responsabilidad pública, en un contexto en el que las medidas de ajuste del déficit público y los múltiples y repetidos recortes de salarios, prestaciones y derechos, está dejando a miles de personas en pobreza, haciendo cada vez más grande la brecha de las desigualdades.
Con este Acuerdo se avanza en el desarrollo de la Ley Regional de Servicios Sociales y se cierra el círculo del Acuerdo del Consejo del Dialogo Social de Renta Garantizada de Ciudadanía.
Con estas ayudas se reconoce un nuevo derecho subjetivo en Castilla y León para que los/ las ciudadanas con necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social no tengan que recurrir a la caridad y les sea garantizada por la administración pública.
Va a permitir la atención de estas situaciones de necesidad desde un trato de igualdad, donde situaciones similares van a ser atendidas con criterios homogéneos en toda la Comunidad, con independencia del lugar de Castilla y León donde se resida. Las Corporaciones locales, órganos competentes en la gestión tendrán los mismos criterios objetivos a la hora de afrontar las situaciones de necesidad de sus ciudadanos, contando, además con dotación económica suficiente para ello.
Qué son y qué cubren.- Se trata de una prestación económica única, anual y finalista que cubre a un amplio abanico de necesidades básicas de subsistencia que repercuten en la autonomía personal y calidad de vida (1), contemplando la flexibilidad suficiente para dar respuestas adaptadas a cada situación de necesidad.
A quién cubren.- Tienen acceso las personas mayores de edad o menores emancipados con ingresos inferiores al 1,2 del IPREM anual (639€/mes + 20%, 10%, 5% por miembros adicional, hasta un máximo de 1,8 del IPREM anual (9.585€).
Cuantía y compatibilidad.- El importe máximo que puede percibir un mismo titular a lo largo del año natural, es el 50% del IPREM anual,Son compatibles con otros ingresos, con independencia de cuál sea la naturaleza y el origen de los mismos, incluida la Renta Garantizada de Ciudadanía, tal y como se contempla en el Apartado II del Acuerdo de Renta Garantizada de Ciudadanía.
Duración.- Se trata de cuantías únicas anuales aunque, a propuesta técnica, se pueden fraccionar los pagos y podrán percibirse por más de un concepto.
Tramitación ágil y rápida.-Plazo máximo para resolver y percibir no superior a un mes, estableciendo a mayores un procedimiento de urgencia.
Seguimiento por parte de la Gerencia Regional.-Independientemente del seguimiento y control que haga cada Entidad Local competente en la gestión, de esta prestación para procurar la óptima utilización de sus recursos sociales y fondos presupuestarios, se establece que la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Gerencia de Servicios Sociales, como garante de los servicios sociales de responsabilidad pública, con la colaboración de las Corporaciones Locales, establecerá un sistema de seguimiento y evaluación permanente, de esta prestación por medios informáticos, a través del programa SAUSS, por lo que se establecerán los mecanismos e instrumentos necesarios para articular el intercambio y acceso a la información sobre estas prestaciones entre las Entidades Locales y la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, lo que permitirá garantizar que no hay necesidad objeto de esta ayuda, sin cubrir (es un derecho) y que los dineros se gastes en lo que tienen que gastarse el dinero.
Financiación para el ejercicio 2012 alrededor de 3M€.
En la presentación pública del Acuerdo firmado, UGT ha reiterado a la Consejera de Familia e Igualdad de oportunidades que se agilice lo más posible la tramitación del Decreto, para que los ciudadanos puedan hacer efectivo el reconocimiento del derecho a esta prestación antes de finalizar el año.
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(1) La alimentación
Cuidados personales esenciales (vestido e higiene).
Alojamiento temporal en casos urgencia social
Destinadas a atender una pluralidad de necesidades esenciales, que los equipos profesionales de los CEAS podrán proponer, para que:ningún ciudadano tenga que abandonar su vivienda habitual por falta de condiciones dignas de salubridad y habitabilidad.no peligre su integridad física.
Se mantenga la estabilidad laboral y no se genere un riesgo de exclusión social irreversible o cualquier otra que esté en consonancia con las características y objeto de estas prestaciones sociales.
Se trata de una prestación ágil y de tramitación rápida y que independientemente de en que municipio resida tenga las mismas condiciones de acceso, reconocimiento y prestación.